Responsabilidad de entes territoriales y fiduciarias en control y sismo resistencia de las obras

Responsabilidad de entes territoriales y fiduciarias en control y sismo resistencia de las obras

Si bien no tienen una responsabilidad técnica, las fiduciarias deben gestionar riesgos y garantizar transparencia.

A raíz de los comentarios del alcalde de Cali, Alejandro Eder, quien luego del sismo del pasado 10 de agosto manifestó su sorpresa por la cantidad de edificios relativamente nuevos que se cayeron, vale la pena indagar sobre la obligación legal de los entes territoriales en cuanto al control y vigilancia posterior sobre las obras y, así mismo, sobre la responsabilidad de las fiduciarias.

El mandatario local indicó que habló con la Sociedad Colombiana de Ingenieros y algunos ingenieros de la Universidad del Valle y acordaron realizar un peritaje a fondo para establecer qué fue lo que ocurrió. Si los códigos antisísmicos no eran suficientes y se deben modificar, si hubo corrupción o si no hubo una inspección y vigilancia adecuada de las construcciones.

Labor de los entes territoriales y es que la labor de los entes territoriales no se acaba con la expedición de licencias a través de las curadurías, sino que deben vigilar que las construcciones se adecuen estrictamente a los planos aprobados y a la normativa técnica, realizar visitas de supervisión durante el proceso de edificación para detectar fallas de manera oportuna, adelantar investigaciones administrativas, aplicar sanciones si hay lugar y evaluar la seguridad de las edificaciones nuevas frente a exigencias sísmicas.

En este escenario, cumplen un papel importante las secretarias de planeación, cuyo rol incluye la vigilancia activa de los desarrollos inmobiliarios y el cumplimiento de normas de uso del suelo. Tienen entre otras funciones realizar visitas a las obras para constatar que lo edificado coincida con la licencia urbanística y verificar que se cumpla con las actividades permitidas en el Plan de Ordenamiento Territorial (POT).

Sociedades fiduciarias

En lo que concierne a las sociedades fiduciarias, si bien no tienen la responsabilidad técnica directa de que una edificación cumpla con la normativa sobre sismo resistencia, no pueden adoptar una postura pasiva ante las fallas del constructor, por lo que deben gestionar de manera diligente el riesgo del proyecto mediante la verificación de controles técnicos.

Adicionalmente, deben mantener informados a los compradores sobre el estado real de los riesgos antes, durante y en la liquidación del contrato. Si el proyecto incumple normas de sismo resistencia, no se pueden ocultar los reportes técnicos a los consumidores ni escudarse en un secreto comercial, debiendo alertar a los beneficiarios sobre la situación del patrimonio autónomo.

Palabras clave: Control y vigilancia de obras, responsabilidad de fiduciarias, sismo resistencia

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