Brindar información a los titulares de depósitosjudiciales no desconoce reserva bancaria
Busca proteger la intimidad económica y financiera de los titulares frente a terceros ajenos a la relación jurídica.
Toda persona, natural o jurídica, tiene derecho a conocer información relacionada con la existencia de depósitos judiciales constituidos a su favor, sin que ello desconozca la reserva bancaria, pues esta aplica frente a terceros ajenos a la relación jurídica y no frente al titular de la información, precisó la Superintendencia Financiera.
La finalidad de la reserva bancaria es proteger la intimidad económica y financiera de los titulares de la información frente a terceros ajenos a la respectiva relación jurídica, por lo que no puede entenderse como un mecanismo destinado a impedir que el propio titular conozca información sobre recursos, operaciones o productos respecto de los cuales ostenta interés jurídico directo.
Debido al carácter profesional de su actividad, los bancos tienen el deber de suministrar a sus usuarios información clara, suficiente y oportuna sobre sus productos y operaciones. Quien es dueño de los recursos administrados por una entidad vigilada mantiene siempre el derecho de saber qué pasa con su dinero, sin que esto vulnere la reserva bancaria.
Sin perjuicio de lo anterior, corresponde a la entidad financiera evaluar en cada caso concreto las circunstancias particulares de la solicitud, la calidad en que actúa el peticionario, el alcance de la información requerida y la eventual existencia de disposiciones especiales aplicables al régimen de los depósitos judiciales.
Superfinanciera, Cpto 2026096432, jun. 12/26








