Introducción: “no me pagaron lo pactado”
Las disputas por utilidades o dividendos suelen estallar después de una asamblea o una reunión de junta: el acta dice una cosa, el flujo de caja otra y los socios leen “lo pactado” desde ángulos distintos. El resultado: tensiones, bloqueos y riesgo de demandas por impugnación de decisiones sociales o por abuso de mayoría.
En mi práctica, lo primero es enfriar la discusión y ordenar la evidencia: actas, estados financieros, convocatoria, quórums, mayorías y comunicaciones. Con método, estos casos se previenen o se corrigen a tiempo.
1) ¿Cuándo nace el conflicto? Señales típicas
Señales rojas
- Acta aprobada con dudas sobre quórum, mayorías o redacción del punto de distribución.
- Proyecto de distribución sin sustento en estados financieros auditados o sin reservas obligatorias.
- Pago de dividendos selectivo (a unos socios sí, a otros no) o en términos distintos a lo acordado.
- Falta de política de dividendos o silencio del acuerdo de socios ante escenarios de liquidez.
Checklist mínimo de legalidad
- Convocatoria correcta (plazos, orden del día claro, anexos).
- Quórum y mayorías exigidas por estatutos/ley.
- Estados financieros cerrados y aprobados, con proyecto de distribución que cumpla reservas.
- Acta firmada y registrada donde corresponda; texto nítido sobre monto, forma de pago (efectivo/en especie) y calendario.
En mi experiencia, cuando reviso un conflicto por dividendos empiezo por auditar el acta y la convocatoria. Si la forma es débil, la disputa se gana con procedimiento antes que con fondo.
2) Antes de demandar: conciliación y acuerdos prácticos
¿Por qué empezar por la conciliación?
- Suspende tensiones, interrumpe plazos para demandar y abre espacio para acuerdos de caja (pagos escalonados, compensaciones, recompra de participaciones).
- Puede tramitarse ante centros de conciliación, notaría o Superintendencia de Sociedades (cuando es competente).
Acuerdos útiles que he implementado
- Calendarios de pago ligados a hitos de caja (p. ej., cobros clave).
- Dividendos mixtos (parte en efectivo, parte en especie o en compensación de cuentas).
- Ajustes contables y revelaciones posteriores para clarificar reservas.
- Cláusulas de no litigio si se cumple el cronograma.
Suelo agotar conciliación primero: en muchos casos salva la relación societaria y acelera el pago sin pasar por un pleito largo.
3) Impugnación de decisiones de asamblea/junta: plazo, legitimados y juez competente
¿Cuándo procede impugnar?
- Cuando la decisión sobre utilidades vulnera la ley, los estatutos, el interés social o derechos de los socios (p. ej., reparto sin cumplir reservas o con vicios de convocatoria/quórum).
Línea de tiempo orientativa
- Día 0: aprobación de utilidades.
- Día 1–60: ventana para impugnar (el intento de conciliación interrumpe este término).
- Medidas cautelares: en casos de perjuicio grave, se puede pedir suspensión de los efectos del reparto mientras se decide el fondo (usualmente con caución).
- Vía jurisdiccional: Superintendencia de Sociedades (delegatura jurisdiccional) o juez civil, según el caso.
- Resultado posible: anulación/modificación de la decisión, nuevo reparto o reparación de perjuicios.
¿Quiénes pueden impugnar?
- Socios ausentes o disidentes, administradores y, en ciertos supuestos, el revisor fiscal.
Cuando un minoritario teme que el pago lo deje por fuera o diluya su derecho, preparo la medida cautelar de suspensión del reparto; si el juez la concede, frenamos daños hasta que se decida el pleito.
4) Pruebas clave para ganar (o defender) el caso
Prueba | ¿Qué demuestra? | Buenas prácticas |
Convocatoria y orden del día | Legalidad del llamado y del punto de utilidades | Conservar correo/certificación de envío y anexos |
Lista de asistencia | Quórum real | Verificación de poderes y participaciones |
Estados financieros (+ notas) | Existencia de utilidades y reservas | Firmas, dictamen/revisión fiscal y revelaciones |
Proyecto de distribución | Coherencia entre utilidad, reservas y pago | Alternativas (efectivo/en especie), calendario |
Acta y anexo de votación | Mayorías, texto aprobado | Redacción clara del acuerdo; firmas |
Comunicaciones (mails, cartas) | Trato igualitario, compromisos | Bitácora de acuerdos y entregas |
Peritaje contable (si aplica) | Criterios técnicos de medición | Términos de referencia neutros |
En la práctica, armar un data room desde el día 1 mejora la defensa y reduce riesgos de medidas desfavorables.
5) Abuso de mayoría vs. interés social: cómo identificarlo (checklist)
- ¿La mayoría aprobó una distribución contraria a estatutos o ley (reservas mínimas, límites de endeudamiento)?
- ¿Se privilegia a determinados socios o administradores con condiciones de pago distintas sin justificación?
- ¿La decisión descapitaliza en exceso y pone en riesgo la continuidad operativa?
- ¿Se ocultaron informaciones materiales (contratos relevantes, contingencias, deterioros)?
- ¿Se negó información a minoritarios antes de votar?
Si varias respuestas son “sí”, hay terreno para impugnar o negociar correcciones (nuevo reparto, reservas, pagos escalonados).
He visto discusiones resolverse cuando la mayoría acepta revelaciones adicionales y ajusta el calendario de pagos; muchas veces no es mala fe, sino desalineación con la realidad de caja.
6) Soluciones duraderas: política de dividendos y acuerdo de socios
Política de dividendos (3–5 páginas)
- Fórmula de reparto (p. ej., ≥X% de utilidades distribuibles salvo inversión aprobada).
- Reservas estatutarias y reglas de reparto en especie.
- Calendario tipo y tratamiento de dividendos preferenciales (si existen).
- Criterios de liquidez y endeudamiento para habilitar el pago.
Acuerdo de socios (cláusulas clave)
- Voto alineado en materias de utilidades y capitalizaciones.
- Mecanismos de resolución de empates y bloqueos.
- Salidas ordenadas (compra de participaciones, tag/drag).
- Arbitraje o sede preferente para conflictos.
Después de cerrar un caso, dejo una política de dividendos y un anexo al acuerdo de socios: reducen ambigüedad y costos de futuros pleitos.
7) Casos tipo y aprendizajes (anónimos)
- Pago selectivo: mayoría propone pagar primero a socios A y B “por necesidad”. Se negocia calendario proporcional y se evita la impugnación. Aprendizaje: reglas de caja objetivas.
- Utilidad contable sin liquidez: se aprobó reparto que dejaba a la compañía sin capital de trabajo. Se acuerdan reservas y pagos diferidos. Aprendizaje: distinguir beneficio de liquidez.
- Acta confusa: texto ambiguo sobre forma de pago. Se solicita aclaración/corrección y se evita litigio. Aprendizaje: redacción y anexos son parte de la “prueba reina”.
8) Cómo te acompañamos (vía Supersociedades o juez civil)
- Auditoría express de convocatoria, actas y estados financieros.
- Conciliación estratégica y diseño de acuerdos de pago o ajustes de reparto.
- Impugnación con solicitud de medidas cautelares cuando hay riesgo de perjuicio.
- Implementación de política de dividendos y actualización del acuerdo de socios.
- Acompañamiento durante todo el proceso, cuidando el interés social y la continuidad del negocio.
Si acabas de salir de asamblea y viste “banderas rojas”, escríbenos. Cada día cuenta para preservar tu derecho y disminuir los costos del conflicto.
Conclusión
Los conflictos por utilidades y dividendos no deberían destruir valor: con forma (procedimiento) y fondo (sustento financiero) en orden, la mayoría de disputas se resuelven sin llegar a un juicio largo. Si ya hay tensión, conciliar de forma inteligente y, si es preciso, impugnar a tiempo es la mejor forma de proteger tu inversión y la salud de la compañía.
FAQs
¿Puedo impugnar la decisión de reparto? Sí, cuando contraría la ley, estatutos o el interés social; el término es corto (cuenta en meses, no años).
¿Puedo frenar el pago mientras demando? En casos de perjuicio grave puede pedirse suspensión con caución.
¿Es obligatorio conciliar antes de demandar? No siempre, pero es altamente recomendable: abre espacio para acuerdos y ordena el proceso.
¿Qué pesa más como prueba? Actas claras, estados financieros aprobados y la trazabilidad de la decisión.
¿Sirve una política de dividendos? Sí, evita interpretaciones y reduce litigiosidad.





